Por todas las razones precedentes, la Demandada solicita respetuosamente:

(a) que el Tribunal desestime los reclamos de la Demandante por falta de jurisdicción; o, en caso de que el Tribunal considere que hay jurisdicción,

(b) que el Tribunal desestime los reclamos de la Demandante por falta de méritos; y

(c) que el Tribunal indemnice a la Demandada por daños morales con una suma que este considere apropiada. Véase Contramemorial de la Demandada sobre los méritos en los párrafos 431-40.

(d) La Demandada también solicita respetuosamente indemnización de sus costos, incluidos los honorarios de abogados, en los que haya incurrido en este.
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ESTADO DÚPLICA BNM
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